La política de drogas y el sistema penitenciario afectan el derecho de las mujeres a ser cuidadas y cuidarse

Diversas organizaciones de la sociedad civil hemos presentado observaciones a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre la solicitud de Opinión Consultiva del Estado argentino acerca del alcance del derecho al cuidado. Nuestras observaciones abordan la necesidad urgente de que se considere, al interpretar este derecho, la situación de las mujeres, en toda su diversidad, que han sido privadas de la libertad o que son familiares de personas encarceladas. 

Los sistemas penitenciarios, como espacios donde se perpetúa la desigualdad de género, desconocen las responsabilidades de cuidado que las mujeres privadas de la libertad tienen tanto con otras personas como con ellas mismas. Un ejemplo claro de esta desigualdad es el hecho de que el 35% de las mujeres encarceladas en la región lo están por delitos relacionados con el tráfico de sustancias psicoactivas. Este modelo de persecución restringe aún más el ejercicio del derecho al cuidado. 

En nuestras observaciones, destacamos la necesidad de incluir a las mujeres detenidas por delitos de drogas en el debate sobre el derecho al cuidado. A su vez, subrayamos los obstáculos que enfrentan las mujeres con orientaciones sexuales diversas, mujeres en detención preventiva, arresto domiciliario y mujeres familiares de personas privadas de libertad. 

Algunos Estados han implementado medidas positivas, como la política de residencias familiares en México o la ley de utilidad pública en Colombia para las mujeres cuidadoras. No obstante, aún queda mucho por hacer para que los sistemas penitenciarios dejen de ser un obstáculo para el ejercicio de este derecho. 

Recomendamos a la Corte IDH que recuerde a los Estados parte de sus obligaciones sobre el derecho al cuidado, bajo un enfoque de género e interseccionalidad, para incluir tanto a las personas privadas de libertad como a sus familiares. Es esencial garantizar que estos grupos participen en el diseño, implementación y evaluación de los sistemas de cuidado. 

Finalmente, solicitamos a la Corte que reconozca los derechos de las mujeres familiares de personas privadas de libertad, a partir de los principios de Bogotá, y que se respete el derecho al cuidado de las mujeres en conflicto con la ley, para construir sistemas penitenciarios más humanos, proporcionales y justos.

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