Sobre la libre disponibilidad, difusión e incidencia nacional e internacional:

Las organizaciones de la sociedad civil, colectivos y grupos de familiares creadores de los Principios de Bogotá insistimos en que el objetivo de este tipo de documentos siempre se traduzca en resultados tangibles que logren amplificar la voz de las personas en situación de vulnerabilidad y evidencien la situación de sus derechos humanos. En este sentido, con la finalidad de que estas problemáticas comunes en la región, así como las reglas mínimas y buenas prácticas para proteger los derechos de las familiares de personas privadas de la libertad sean adoptadas como un documento aplicable en la región por organismos internacionales, como de manera local en los diversos países a través de sus instituciones estatales y otras organizaciones nacionales, el documento de “Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de los Derechos de las Mujeres Familiares de Personas Privadas de la Libertad” es de libre disponibilidad para cualquier persona, organización de la sociedad civil, colectivo u ente gubernamental nacional o internacional.

De esta forma, la libre disponibilidad implica que cualquier persona tenga acceso libre y gratuito a la lectura, descarga, copia, impresión, distribución, modificación de formato, incidencia nacional e internacional o cualquier otro uso legal sin ninguna barrera financiera, técnica o de cualquier tipo.  Es así, que se anima y apremia a otras organizaciones de la sociedad civil, colectivos, instituciones gubernamentales, personas defensoras de derechos humanos, periodistas y demás interesadas en proteger los derechos de las familiares de personas privadas de la libertad a adoptar, utilizar y hacer accesible a través de la replicación del contenido en otros formatos y materiales -videos, folletos, etc.- estos Principios.

La única restricción sobre la distribución y reproducción es dar a las organizaciones de la sociedad civil y colectivos firmantes y participantes en el Encuentro Internacional de Familiares de Personas Privadas de la Libertad el derecho a ser adecuadamente reconocido y citado.

Por último, reconociendo que el principio de progresividad de los derechos humanos no solo implica el gradual progreso para lograr su complimiento sino también la evolución del entendimiento y reconocimiento de nuevos derechos, instamos a las personas interesadas en la protección de los derechos de las familiares de personas privadas de la libertad a que este documento sirva de base para el reconocimiento de estas y nuevas realidades y problemáticas.

Categorías: Documentos

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